Esperas al Jabalí


EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS

Autor Tema: EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS  (Leído 39700 veces)

Desconectado adol

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EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« en: Abril 18, 2014, 03:15:30 pm »
EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
El reglamento de armas es la herramienta del estado para controlar esos objetos, que según sea este de totalitario, ejercera un control mas o menos estricto de ellos.
Por lo tanto primero prohibirá determinadas armas por su peligrosidad frente al estado y en segundo lugar a la sociedad y controlara las otras armas según las considere mas o menos peligrosas.
El arco esta clasificado como arma en el Reglamento de armas y debido a su escasa peligrosidad le da la ultima categoría penultimo apartado.
Artículo 3
Se entenderá por «armas» y «armas de fuego» reglamentadas, cuya adquisición, tenencia y uso pueden ser autorizados o permitidos con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento los objetos que, teniendo en cuenta sus características, grado de peligrosidad y destino o utilización, se enumeran y clasifican en el presente artículo en las siguientes categorías:
7.ª categoría
5. Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.


Para su adquisición debido a la finalidad deportiva que le da al clasificarlo, se pide que justifiques que lo adquieres para esa finalidad mediante la presentación de una tarjeta deportiva.
Artículo 54
4. La adquisición de las armas de la categoría 7.ª, 5, requerirá la acreditación ante el establecimiento vendedor y su consignación en los correspondientes libros de las respectivas tarjetas deportivas en vigor.

Según la RAE
Tarjeta: 1. f. Pieza rectangular, de cartulina o de otro material, que lleva algo impreso o escrito.
Depòrtivo/a: 1. adj. Perteneciente o relativo al deporte.


En este orden de cosas no se precisa según el Reglamento mas control sobre este arma, ya que no le asigna la necesidad de tener documentacion, ni guía, ni tarjeta alguna.
Guías de pertenencia
Artículo 88
Para la tenencia de las armas de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 7.ª; 1, 2, 3 y 4, cada arma habrá de estar documentada con su correspondiente guía de pertenencia.


No figura la categoría 7ª-5.
Tampoco necesita licencia ya que no figura su categoría 7ª-5 en el articulo 96 del Reglamento.
Ni tampoco tarjeta, articulo 105 del Reglamento.
Ni tan siquiera una autorización especial de uso de armas para menores, según el articulo 109 del Reglamento.
Hasta aquí el Reglamento trata el control del arma arco de forma consecuente a su peligrosidad, pero hay que tener en cuenta que es un arma y le afectan todas las disposiciones comunes sobre tenencia y uso de armas Capitulo VII, siempre que no este excluida de ellas al denominar a otro tipo de armas.
En especial en el articulo 146, debido a que portar el arco era algo que pocos lo hacían, por la simple razón de ser pocos los que usaban este arma deportiva, pero esto esta cambiando y cada vez son mas numerosos sus usuarios, sin llegar a números ni parecidos a los de otros países, pero la posibilidad de que portando el arco seamos parados por un agente de la autoridad se ha incrementado, este agente lo mas normal es que sea la primera vez que se encuentre con un arco, por lo que no tendrá frescos los conocimientos sobre su reglamentación, con lo que mejor que nosotros si los tengamos para evitar malos entendidos.
artículo 146
1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.
2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.


Lo vuelve a poner por su escasa peligrosidad al final de las armas a controlar y hace especial incapie como es lógico en las armas cortas. Por lo tanto como cualquier arma no lo podemos sacar de casa para otro fin que no sea el deportivo, que es su finalidad según el reglamento y esta finalidad la debemos poder demostrar de forma fehaciente, con la licencia de caza, seguro obligatorio, permiso del titular del acotado, siendo dia de caza y estando en el trayecto lógico de casa al coto, lo demostramos perfectamente sin necesidad de ningún papel mas.
Nada mas no le busquemos tres pies al gato.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd137-1993.html
http://www.rae.es/
« Última modificación: Abril 18, 2014, 03:26:29 pm por adol »
Si abates la mitad de lo que tiras, eres muy bueno, pero si tiras, solo, a lo que puedes abatir, eres de lo mejor.
La caza, la pesca y cuidar nuestro entorno, son nuestras herencias, respetemoslas.

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #1 en: Abril 18, 2014, 06:06:21 pm »
Me quedan dudas. Para practicar con el arco tengo que ir a un lugar parecido a una cancha de tiro o puedo montar la cancha en mi parcela particular o mi coto. Se entiende que para practicar no debes de portar puntas de caza ya que podrían poner en tela de juicio tus intenciones.

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #2 en: Abril 19, 2014, 06:00:40 pm »
Sigue el Reglamento en la misma linea de escasa peligrosidad ya que en ese tema al arco no lo trata, ni en campos de tiro eventuales, ni en concursos y actividades fuera de los campos, poligonos o galerias de tiro en los que si trata a las armas de fuego y aire comprimido.
Le atañe al arco como arma en general el articulo 149.
Artículo 149
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.

Para tirar con arco ¿cual es el espacio idoneo aparte del coto de caza? En USA y Europa cualquier finca particular o en el monte reuniendo unas medidas minimas de seguridad. Aqui debe de ser al criterio del agente¿?, ya que no menciona nada mas el Reglamento.
Lo que si que tenemos que tener claro es que estamos utilizando un arma y como tal es capaz de hacer un daño a terceros del que debemos de estar cubiertos por un seguro, hasta en los entrenamientos.
« Última modificación: Abril 19, 2014, 06:04:33 pm por adol »
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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #3 en: Abril 20, 2014, 06:55:55 pm »
Muy bien explicado Adol.
Aquí en Cataluña para poder llevar el arco en tus desplazamientos tienes que tener una licencia federativa sea la de tiro o la de caza, yo tengo las dos porque pertenezco a un club de tiro y aparte cazo pero con una de las dos tienes suficiente, por lo menos aquí. Con la de caza tengo también el seguro que es el más completo que hay y uno de los pocos que contempla la caza con arco.

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #4 en: Abril 21, 2014, 06:41:49 am »
El Reglamento de armas es de obligado cumplimiento en toda España con lo que en cualquier Comunidad incluida Cataluña es lo mismo que en el resto de España. No necesitas las licencias federativas, esas solo te autorizan para participar en competiciones no para sacar el arco de casa, ni portarlo, a no ser que vayas a una competicion organizada por dicha Federacion y asi con la licencia federativa puedas justificar el porque lo transportas.
« Última modificación: Abril 21, 2014, 06:44:33 am por adol »
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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #5 en: Abril 21, 2014, 10:44:00 am »
Pues aqui es lo primero que te piden los mosos de escuadra, si no traes la federativa empiezas a tener problemas, segun ellos es lo que autoriza a poder transportar el arco, a parte de tirar o cazar con el.
Este año ya me la han pedido dos veces, junto con el permiso de caza, seguro, carnet del coto, etc.

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #6 en: Abril 21, 2014, 11:44:58 am »
El arco no tiene ni guia, ni tarjeta, ni ningun papel, ya que esta muy claro en el Reglamento de armas que no se considera necesario su control, solo pide el justificar mediante una tarjeta deportiva que se compra con esa finalidad deportiva y solo en el acto de la compra.  Lo que tambien tiene en la actualidad la misma importancia que le da el Reglamento por parte de las intervenciones de armas, ya que no ejercen una vigilancia exhaustiva con el libro donde se refleja dicho acto, como la que ejercen sobre los libros de las armas de fuego. Lo demas son intereses recaudatorios de entes particulares. No conozco ni una sola sentencia condenatoria de un juez por no llevar los "papeles" del arco al portarlo y no la puede haber ya que no tiene. Este finde de madrugada al terminar la espera y al ir a salir del camino a la carrtera, ya vi que un coche habia dado marcha atras en ella y me esperaba en la carretera a la salida del camino, al llegar al cruce puso las luces azules en marcha, pues accedi a la carretera, me puse a su altura, baje la ventanilla, mantuve desde el coche una charla distendida con ellos y les desee buen servicio al marcharme, tienen el culo pelado de parar a todo tipo de gente y tu actitud al ser parado lo dice todo aunque ni hables.
« Última modificación: Abril 21, 2014, 12:03:06 pm por adol »
Si abates la mitad de lo que tiras, eres muy bueno, pero si tiras, solo, a lo que puedes abatir, eres de lo mejor.
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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #7 en: Marzo 13, 2015, 08:36:44 am »
Lo que ocurre,es que los agentes tampoco saben bien que hacer,porque la ley es un poco ambigua con eso de "tarjeta deportiva".
Hace 15 días a mi me pararon cuando venía de entrenar,estoy federado pero la federación aún no nos ha mandado las tarjetas,pues bien,me la pidieron.
Yo les dije que estaba federado pero que no la tenía,pero que de todos modos no estaba obligado,no me multaron,pero si me cogieron los datos.
De momento a día de hoy nada,no me ha venido ninguna multa.Pero te quedas con la mosca.

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  • Lo que cada uno aporta aqui queda.
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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #8 en: Marzo 13, 2015, 10:26:43 am »
Lo que ocurre,es que los agentes tampoco saben bien que hacer,porque la ley es un poco ambigua con eso de "tarjeta deportiva".
Hace 15 días a mi me pararon cuando venía de entrenar,estoy federado pero la federación aún no nos ha mandado las tarjetas,pues bien,me la pidieron.
Yo les dije que estaba federado pero que no la tenía,pero que de todos modos no estaba obligado,no me multaron,pero si me cogieron los datos.
De momento a día de hoy nada,no me ha venido ninguna multa.Pero te quedas con la mosca.

Si quienes tienen que velar por nuestra seguridad y vigilar el cumplimiento de la legislacion,tienen problemas para hacer su trabajo,mal vamos  :-\.Quizas deberian requerir a quien corresponda,unas leyes claras,libres de interpretaciones y que no induzcan a errores.Seguro que todos lo agradeceriamos y su trabajo estaria mejor valorado.
"No subestimes a tu presa y prepara su caza,como el mayor de los retos"

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #9 en: Marzo 13, 2015, 12:14:04 pm »
Dan ganas de llevar impreso el reglamento de armas,para que lo puedan leer.

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #10 en: Marzo 13, 2015, 03:58:25 pm »
Ya lo puse en otro foro, acabo de mirar todos los arcos que tengo, mas de media docena y a ninguno le he encontrado el mas minimo papel y mira que me he jartao de mirarlos y remirarlos. ¿Sera que ni lo tienen ni lo necesitan?.
Encontrarse un tio con un arco era antes anecdotico ahora ya va a empezar a ser habitual, haber si se reciclan nuestros agentes de la autoridad pero bebiendo en fuentes autorizadas, no como esos que te encontraste.
No hay mayor desinformacion que la que adquirimos yendo al cuartel de los agentes de la autoridad a pedir informacion sobre un tema, cada cuartel y casi a cada uno que le preguntemos, si la pregunta no versa sobre algo rutinario, nos dara una respuesta y muchas contradictorias. Hacer la prueba.
« Última modificación: Marzo 13, 2015, 04:04:14 pm por adol »
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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #11 en: Marzo 14, 2015, 04:36:30 pm »
Pues que se enteren,que para eso les pagan.
Yo en mi trabajo tengo que saber detrás de lo que ando y si no lo se....pues malo malo.
Tampoco quería ponerme a discutir,porque los que somos cazadores-conductores nos pueden buscar las vueltas siempre por algún lado.
Y si eres tu el que no sabes alguna ley que están infligiendo,eso no te exime de la multa.
Hay otro varemo para eso.

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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #12 en: Abril 24, 2016, 09:03:07 pm »
Hola a todos.

Como he puesto en otro hilo, he adquirido recientemente un arco de poleas. En la tienda no me pidieron nada.

Hasta ahora estoy practicando en una parcela particular bastante grande y de momento la idea es practicar y afinar el tiro en diana.

Mi pregunta es, que documentación debo portar para transportarlo en el coche desde mi casa hasta la parcela?.

Que sanciones se están produciendo?. Conocéis casos recientes de alguien que le hayan pillado "corto de papeles"?.

Lo que no quiero es tener problemas.

Muchas gracias.


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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #13 en: Abril 24, 2016, 10:01:42 pm »
Hola a todos.

Como he puesto en otro hilo, he adquirido recientemente un arco de poleas. En la tienda no me pidieron nada.
Hasta ahora estoy practicando en una parcela particular bastante grande y de momento la idea es practicar y afinar el tiro en diana.
Mi pregunta es, que documentación debo portar para transportarlo en el coche desde mi casa hasta la parcela?.
Que sanciones se están produciendo?. Conocéis casos recientes de alguien que le hayan pillado "corto de papeles"?.
Lo que no quiero es tener problemas.
Muchas gracias.
Mirate el Reglamento de Armas, el arco NO es un arma y no requiere licencia y, por tanto, tampoco guía...
Pero si hay algún experto en leyes, que cambian dia si y dia tambien, que me corrija si es preciso
Si es un Arma el arco y esta catalogado en el reglamento de armas como tal arma en la
7.ª categoría:
................................
5. Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202
NO tiene papeles y como cualquier arma tienes que justificar frente al agente de la Autoridad para que lo sacas de casa y tiene que ser para un fin legal y el ir a tu parcela para tirar no es legal pero si lo es si cumple unas medidas minimas de seguridad abaladas por un club o asociacion de arqueros que lo declare idoneo para el tiro con arco, ya que el arco debe de ser usado como cualquier arma.
Capítulo VII
Disposiciones comunes sobre tenencia y uso de armas
...............................
Artículo 149.
.......................................
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
.....................................

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202
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Re:EL ARCO Y EL REGLAMENTO DE ARMAS
« Respuesta #14 en: Abril 24, 2016, 11:07:02 pm »
Entonces entiendo que tendría que pertenecer a algún club para justificar a donde voy con el arco, no es así?.

Respecto a mi parcela, tiene una longitud de 600 metros donde no tengo ninguna edificación ni vecinos. Está en mitad del campo. Las casas mas cercanas están a 3 Km.  Habría algún problema para utilizarlo allí?.
Me gustaría saber si el uso fuera de cualquier instalación autorizada, como un club de tiro, está terminantemente prohibida.
Podríais decirme que sanciones se aplican?.

Muchas gracias.

Saludos.

 

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