Esta es la ultima de los que se les llena la boca hablando de libertades,derechos y democracia:
La Junta de Andalucía prohíbe cazar al personal de sus departamentos de Caza y Pesca
La decisión se basa en una interpretación de la Ley de Incompatibilidades que será recurrida por los empleados públicos afectados.
La polémica está servida. La Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Hacienda y Administración Pública –de la que depende la Secretaría General para la Administración Pública– ha emitido un informe en el que declara incompatible el ejercicio de la caza con ser empleado público como agente de medio ambiente y personal trabajador de los Departamentos de Caza y Pesca Continental de la Junta, según la Ley de Incompatibilidades (LI) de la Función Pública.
Este informe se realizó a partir de una consulta sobre posible incompatibilidad desde la Delegación Territorial de Agricultura y Medio Ambiente de Granada. En él, la Inspección General de Servicios de la Secretaría afirma que “determinados empleados adscritos al Departamento de Caza y determinados agentes de medio ambiente podrían estar desarrollando actividades incompatibles (…), y ello con independencia de que pudieran tener reconocida previamente la compatibilidad para actividades privadas, pues dicho reconocimiento nunca podría amparar el ejercicio de actividades privadas relacionadas con las funciones públicas del empleado y/o del órgano donde presta servicios”. Por ello, concluye que “en nuestra opinión, la constatación de dicha situación permitirá a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente [de Granada] requerir a los implicados para que cesen en el ejercicio de esas actividades privadas y, en su caso tras las actuaciones previas que se consideren procedentes, adopten las resoluciones que correspondan en el ámbito disciplinario de los empleados públicos”.
Sin presunción de inocencia
El informe también asegura que, entre las obligaciones de la Administración, está la de “evitar la posible existencia de lo que se ha venido definiendo como zonas de convergencia material entre los cometidos públicos y los fines o intereses privados de sus empleados, que puedan cuestionar la imparcialidad e independencia de éstos o menoscabar el estricto cumplimiento de sus obligaciones”. Para la Inspección General de Servicios, “basta una posibilidad o potencialidad de que el desarrollo de la actividad pueda producir una situación susceptible de comprometer la imparcialidad del empleado público para poder considerar la actividad incompatible”.
La respuesta a este anuncio por parte de los funcionarios públicos cazadores no se ha hecho esperar. En concreto, han emitido una carta anónima en la que afirman que dicha interpretación “será recurrida”, pues “elimina totalmente la presunción de inocencia para dichos empleados, ya que los declara faltos de imparcialidad e independencia por el hecho de ser cazadores”.
Para ellos, el informe no ha tenido en cuenta dos aspectos que consideran importantes: por un lado, que “la caza no es una actividad privada retribuida” y, por otro, que es “un deporte y, como tal, un derecho fundamental reconocido tanto por la Constitución como por la Ley del Deporte de Andalucía”, en el que no se puede dar ningún tipo de discriminación.
Estos mismos funcionarios aclaran que otra cosa distinta sería “si estos empleados públicos tuvieran una actividad privada retribuida”, como pudiera ser explotaciones y granjas cinegéticas o gestorías de caza. “El derecho al ocio, deporte, etc., en los ratos libres fuera del horario de trabajo siempre debe prevalecer sobre los deberes del trabajador”.
Prohibición de jugar o esquiar
La incompatibilidad mencionada hace reflexionar en esta carta sobre otras que podrían darse y que resultarían, cuanto menos, curiosas, tales como que “los funcionarios de los departamentos competentes en temas de juego asistieran a bingos o casinos (…), o que los empleados públicos de los parques de Sierra Nevada no pudieran esquiar en sus pistas”. Las comparaciones llegarían al grado incluso de que “guardias civiles o policías, para no comprometer su imparcialidad, deberían abstenerse de asistir a cualquier local público en las localidades donde desarrollen su actividad, así como no relacionarse con los ciudadanos para poder ser totalmente imparciales”.
Asimismo, estos empleados insisten en que, para la Administración, contar con profesionales cazadores “es una ventaja para ella, ya que tienen un conocimiento más amplio de la casuística propia de la caza y del alcance de los actos administrativos”.
Por su parte, José María Mancheño, presidente de la Federación Andaluza de Caza (la más numerosa de España y de Europa) ha declarado a esta revista: “Me sorprende muchísimo la noticia. Como presidente de la FAC voy a hablar con la Consejería para que aclare si es una postura oficial y si es conocedora de esta decisión de su departamento técnico. Evidentemente me solidarizo con estos compañeros que lo único que hacen es disfrutar de una afición completamente legal en su tiempo libre”.
http://revistajaraysedal.es/la-junta-de-andalucia-prohibe-cazar-al-personal-de-sus-departamentos-de-caza-y-pesca/