Peligro de nuevo para las rehalas
Ayer fue publicado el Decreto 451/2015 por el que se modifica el Decreto 287/2010 que regula el registro de transportistas y medios de transportes de animales vivos en Andalucía, que equiparada los desplazamientos de las rehalas con los de vacas, ovejas...
Su entrada en vigor está prevista para el 18 de febrero de 2015
Con la excusa de cumplir una sentencia, cuyo contenido la Asociación Española de Rehalas desconoce oficialmente, y recomendaciones procedentes de la Unión Europea, a las que tampoco la AER ha podido tener acceso, a pesar de haberlo solicitado por escrito en tiempo y forma legales, la Junta de Andalucía, de un plumazo pretende equiparar los desplazamientos realizados por las rehalas para realizar la actividad cinegética y volver a sus perreras, con los transportes de vacas, ovejas, cerdos o cabras, animales con destino al consumo humano.
La Asociación Española de Rehalas entiende que esta decisión puede resultar, aparentemente, muy cómoda para la Administración, pero es completamente ajena a la realidad del transporte de rehalas para la práctica deportiva de la caza, contraria al principio de proporcionalidad de las medidas sanitarias, y además vulnera el ordenamiento jurídico comunitario que en el régimen de este tipo de transporte de animales de compañía no exige nada más que el perro esté identificado y vacunado. La mejor muestra es que en países vecinos como Portugal es la única exigencia a sus rehalas o matihlas.
Realizada una primera lectura de la reforma, la AER señala ya que su entrada en vigor está prevista para el 18 de febrero de 2015, fecha en la que habrá terminado el periodo hábil previsto para las monterías, ganchos y batidas en Andalucía, con lo que no producirá efectos prácticos hasta la temporada 2016-17.
Con independencia de otras medidas de presión que están analizando, así como el apoyo que se pueda recibir de otros sectores del mundo de la caza, los servicios jurídicos de la AER están estudiando la viabilidad de recurrir esta disposición ante la jurisdicción contencioso-administrativa solicitando se deje sin efecto, sin perjuicio de las medidas cautelares que se pudieran estudiar para evitar que su indebida aplicación genere a los rehaleros andaluces, sean o no socios de la AER, daños y perjuicios de muy difícil o imposible reparación.
La AER se muestra harta de normas de baja calidad, improvisadas bajo el impulso de sectores contrarios a la caza que utilizan las normas sanitarias para limitar una actividad legal, de una Administración que cede bajo esos impulsos en vez de apoyar a los que pagan la cuenta de las tasas, licencias, veterinarios, piensos, etc., que lleva al ridículo de considerar al perro de rehala como de una especie distinta de los demás para justificar una presión legal insoportable. No es justo y la AER existe para intentar que no se abuse de los rehaleros, por lo que esta reforma no deja otro camino que los tribunales para defenderse de las injusticias.
http://www.elcotodecaza.com/reportaje/caza-mayor/peligro-nuevo-rehalas-151119