Del BOE pag 33318 no veo la caza contemplada como justificacion de desplazamiento a otra parte del territorio nacional.
Flexibilización de medidas de carácter social
Artículo 7. Libertad de circulación
1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos
del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el
desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales,
profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y
cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor
o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.