No es que la licencia ampare es que ayuda a justificar.............dice el Articulo 106: ...............La adquisición y tenencia de armas de la categoría 5.ª, 1, es libre para personas mayores de edad.
Pero esa autorizacion hay que ponerla en relacion con el
Artículo 146
1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.
2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.
Esta es la madre del cordero Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar tu debes de poder justificar por que sacas ese arma de casa. Por ejemplo vas de monteria pues el justificante del pago, estar en el trayecto logico para ir, llevar el cuchillo en la mochila y el otro arma de caza, asi como todos los papeles en regla, incluida la licencia de caza y con eso facilitas ese "prudente criterio" ya que vas a realizar la actividad deportiva a la que estas autorizado y lo necesitas.
En cambio vas vestido de guiri en zona de discotecas y solo llevas el cuchillo en la guantera y tambien estas facilitando ese "prudente criterio".