Entiendo la confusión que se ha generado con los "vaivenes" de la JCCM sobre el asunto de la caza.
La resolución de 21/01/2021 establece lo siguiente:
"Primero: Suspender el apartado segundo de la Resolución de 26 de noviembre de 2020 en la que se permite los desplazamientos para la entrada y salida de Castilla-La Mancha para practicar la caza en los terrenos cinegéticos que cuenten con autorización expresa por la autoridad competente para la gestión de las especies cinegéticas con riesgo de sobreabundancia citadas en el apartado primero, a fin de contribuir a los objetivos de conservación y gestión sostenible de la vida silvestre.
Segundo: Dejar sin efecto el apartado tercero de la Resolución de 26 de noviembre de 2020."
Sentado lo anterior, la resolución de 26/11/2020 contenía 4 apartados, y se suspenden el segundo y el tercero (básicamente la entrada y salida de la comunidad autónoma), PERO NO EL APARTADO PRIMERO, que es el que establece lo siguiente:
"Primero: Declarar la caza de las siguientes especies, una actividad necesaria, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2 del Decreto 66/2020, de 29 de octubre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
AÑO XXXIX Núm. 240 27 de noviembre de 2020 51924
como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado
de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, puesto en relación con el
artículo 6, apartado 1, párrafo j) del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre:
a. Especies de caza menor: conejo (exclusivamente en municipios incluidos en la comarca de emergencia cinegética
declarada por Resolución de 17/04/2020, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad).
b. Especies autóctonas de caza mayor: jabalí, ciervo, corzo y cabra montés.
c. Especies naturalizadas de caza mayor: gamo y muflón.
d. Especies exóticas invasoras de caza mayor: arruí."
Unos días después, parece ser que alguién preguntó (Federación....etc) y entonces "se dieron cuenta del error" y sacaron el documento de "preguntas y respuestas" en donde dicen que sólo se puede cazar en el municipio.
Es una cuestión compleja, pero con la ley en la mano, la CAZA SIGUE SIENDO NECESARIA (ART. 1), otra cosa es que se deiran cuenta de que no modificaron ese artículo y despues sacaran el dichoso docuemnto de "preguntas y respuestas" en elque se recoge que no se pude cambiar de domicilio, lo cual contradice la ley.
La Consejería se ha enrocado y no da su brazo a torcer, yo he consultado y no resuelven la consulta, se remiten al documento de preguntas y respuestas.
Les planetee la posibilidad de que se pudiera iral coto, ya no a cazar, sino a poder gestionarlo a nivel profesional, lo que en principio debería estar igualmente permitido, y tampoco contestaron.
Yo creo que han sucumbido a esos mal-llamados "ecologistas" que aunque hay de todo, la mayoría no entiende nada sobre la caza, la regulación delas poblaciones que carecen de depredación - práctimaente toda la caza mayor y el conejo ne menor medida-, e incluso me atrevería a decir que piensan que las hamburguesas del McDonals crecen en los árboles....
A mayor abundameinto hoy se ha publicado una resolución por la que se autoriza la caza del conejo en ciertos municipios, pero no dice nada sobre el jabalí, que carece de depredadores naturales y pueden ocasionar mas daños que los conejos.
En fin, a mi personalmente me indigna que legalmente la gente pueda ir al teatro, a votar, al colegio...etc y yo no pueda ir solo al monte a hacer una espera.....
Un saludo.